Dar de baja empleada de hogar por jubilación

30 de junio de 2025

Pasos para jubilarse como empleada de hogar

Conoce los pasos para jubilarse como empleada de hogar. 

Pasos para el empleador (persona que contrata):

Comunicación de la baja a la Seguridad Social:

Debes comunicar la baja en el Sistema Especial para Empleados de Hogar de la Seguridad Social.

Puedes hacerlo de forma online a través de Import@ss, la Sede Electrónica de la Seguridad Social, o presencialmente en una oficina de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

Debes indicar la fecha de fin de actividad y el motivo de la baja (jubilación).

Plazos: Lo ideal es solicitar la baja con una antelación de hasta 60 días antes de la fecha de cese de la actividad, o hasta 3 días después de esta fecha. Si lo haces fuera de este plazo, se considerará que la fecha de fin de actividad es la fecha de la solicitud. Si pasan más de 30 días desde el fin de la actividad, solo podrás solicitar la baja enviando una solicitud.

Finiquito y liquidación:

Debes preparar y abonar el finiquito a la empleada, que incluye:

Salario pendiente hasta la fecha de la baja.

Parte proporcional de las pagas extras (si no se prorratean mensualmente).

Vacaciones no disfrutadas (si las hubiera).

Indemnización por despido (en caso de jubilación, no suele corresponder una indemnización por despido propiamente dicho, ya que es la empleada quien se jubila, pero es importante revisar si existe alguna cláusula en el contrato o convenio que establezca lo contrario).

Certificado de empresa:

Aunque la empleada se jubila, es recomendable que le facilites un certificado de empresa con los datos de su actividad y cotizaciones. Esto puede ser útil para ella en su trámite de jubilación.

Pasos para la empleada de hogar:

Revisar requisitos de jubilación:

La empleada debe asegurarse de cumplir con los requisitos de edad y años cotizados para acceder a la pensión de jubilación. En 2024, la edad de jubilación varía: 66 años y medio si se han cotizado menos de 38 años, y 65 años si se han cotizado al menos 38 años. El periodo mínimo de cotización suele ser de 15 años.

Solicitud de la pensión de jubilación:

La empleada debe solicitar su pensión de jubilación ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Puede hacerlo de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (con certificado digital o Cl@ve), o presencialmente solicitando cita previa en una oficina del INSS.

Necesitará presentar la documentación requerida por el INSS, que puede incluir su DNI, historial laboral, etc.

Documentos que suelen ser necesarios (general):

Para el empleador:

DNI/NIE del empleador.

Número de Afiliación a la Seguridad Social (NAF) de la empleada.

Contrato de trabajo.

Para la empleada:

DNI/NIE de la empleada.

Número de Afiliación a la Seguridad Social (NAF).

Vida laboral.

Certificado de empresa (si el empleador lo emite).

Recomendaciones adicionales:

Comunicación: Mantener una comunicación fluida entre el empleador y la empleada para coordinar la fecha de la baja y los trámites.

Asesoramiento: Tanto el empleador como la empleada pueden buscar asesoramiento en la Seguridad Social, gestorías o sindicatos para asegurarse de realizar los trámites correctamente y resolver cualquier duda específica.

Es fundamental consultar la información actualizada en la página web de la Seguridad Social o contactar directamente con ellos, ya que la normativa puede sufrir modificaciones.
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